jueves, 16 de diciembre de 2010

Por la superación y los éxitos



Llega la Navidad y el Año Nuevo, llega el momento de hace balances, reflexionar sobre lo que ha pasado y establecer propósito para el próximo ejercicio.


Comenzamos el año presidiendo la Unión Europea, pero sin ocupar el cargo de Presidente del Consejo Europeo. Irlanda votó a favor del Tratado de Lisboa y la nueva Unión reformada eligió un Presidente permanente de la UE y una nueva Comisión, fruto de las negociaciones entre Estados y ajena a la voluntad de los ciudananos europeos. En el 60 aniversario de la declaración Shuman, España fue el primer país en ejercer una presidencia sin Presidente en la que el acontecimiento histórico planetario quedó deslucido. Seguimos viviendo, en este segundo semestre, la falta de poder del Presidente permanente y el peso de los Estados claves, como Alemania y Francia, manifestado en el asunto de los las expulsiones de gitanos de suelo galo y en la solución adopada por la Comisión Europea.


Se acaba un año heredero de una crisis inexistente y que parece no tener fin. Se estima una larga travesía por este desierto, cantera de héroes cotidianos, en la que todo se cuestiona y se vislumbra una necesidad de reinventar negocios, procesos y experiencias. Hoy, el talento se desplaza hacia la red y en un entorno lleno de redes sociales, tratamos de sacar partido a nuesto potencial o, simplemente, compartir con nuestros semejantes inquietudes, problemas y alegrías. Nativos o inmigrantes digitales, todos somos colonos de un nuevo espacio, donde el debate acalorado nos lleva a establecer reglas de moderación y de convivencia. Un espacio donde se escucha activamente, se comparte información, conocimiento, y se virtualizan y desvirtualizan personas, por encima de todo personas, con las que compartir la larga travesía, sus logros y fracasos, todos ellos éxitos.


El 2010 se recordará por el año en el que Apple nos sorprendió con un nuevo concepto, el Ipad, un "gadget" que se ha integrado como un electrodoméstico más en nuestras casas, en nuestra actividad profesional (abogados, directivos... ), en nuestra vida cotidiana, con un sifín de posibilidades de navegación, contenidos, leyes, apps, libros... etc. Son, precisamente, los libros los que están viviendo un momento de incertidumbre con la evolución de los lectores electrónicos y con la aparición de nuevos tablets. Las editoriales españolas no han apostado por el ebook, salvo excepciones, y la escasa edición busca niveles de protección de contenidos -DRM-, incompatibles con Kindle y iPad. No obstante, la velocidad de vértigo que llevan las innovaciones tecnológicas ya han hecho posible la instalación de libros protegidos con DRM en el Ipad.


Todo cambia, nuestro reto está en adaptarnos rápidamente a los cambios, asumirlos y afrontarlos, en entender el entorno 2.0 y lo que vendrá después, en colaborar, imaginar y concretar los pasos. Impregnarse del espíritu emprendedor, interiorizarlo, compartir manifiestos y valores, superar los fracasos son las claves esenciales de nuestro futuro éxito. Así sea.


lunes, 13 de diciembre de 2010

Reflexiones sobre "El talento está en la Red", de Amparo Díaz Llairó



Una de las últimas novedades editoriales es la obra “El talento está en la red”, de Amparo Díaz Llairó (@amparodiazll). La obra editada por LID profundiza en una visión relativamente nueva como es uso de las redes sociales en lo relativo a la captación del talento o a la búsqueda de empleo.

Los modelos tradicionales en la búsqueda de nuevos puestos de trabajo y la localización de potenciales empleados han cambiado en los últimos años. Ante la potencializad de las redes sociales y, en especial, las redes especializadas en el ámbito profesional, los intermediarios del mercado de trabajo se están viendo desplazados en lo que es una comunicación cuasi-directa entre empleador y candidatos. Internet, las redes sociales y servicios de empleo on-line han acelerado un proceso de cambio importante. Es hora de reinventarse, no sólo desde el punto de vista de las empresas intermediarias, sino también desde las empresas ofertantes de empleo y de los profesionales.

Este proceso, además, está haciendo más transparente la disponibilidad de oportunidades y candidatos. Ya no está mal visto tener un curriculum vitae disponible y, mucho menos, que éste sea accesible por terceros. Algo totalmente impensable hace unos años y, menos aún, que lo hicieran empleados con la mentalidad de que su empresa era donde se iba a trabajar “toda la vida”. Esta situación se acentuaba en sectores muy especializados o en localidades pequeñas. Está cambiando tan rápidamente todo que ahora, casi, lo que empieza a estar mal visto, es no estar en redes sociales profesionales.

En este cambio de paradigma es en lo que Amparo profundiza en su libro. Primero, realiza un exhaustivo análisis de las diferentes redes sociales (generalistas, profesionales y verticales), blogs, redes microblogging y herramientas y aplicaciones 2.0. La autora nos pone encima de la mesa todos los ingredientes disponibles para comenzar, tanto desde el punto de vista del empleado, como de la empresa, a establecer una estrategia 2.0. Aunque en algún momento puedan parecer excesivas, dependiendo con el grado de familiarización que tengamos con ellas, en las siguientes páginas del libro Amparo nos va dejando señales y datos de las aplicaciones y herramientas más importantes donde focalizar nuestra atención.

Tanto candidato como empleador tienen que empezar a crear su marca personal, de un lado, y su employer branding, de otro. Internet se ha convertido en un espacio donde la reputación personal y corporativa es mucho más vulnerable que la propia reputación offline. En la obra se definen pautas y recomendaciones de cómo crear y mantener la reputación on-line, incluso, de la necesidad de monitorizar lo que se dice de nosotros en la red. Estas pautas se concretan mucho más para el uso de Linkedin y Twitter, así como, una lista de errores más usuales.

El mundo 2.0 genera nuevas profesiones, hasta 17 enumera la autora en la obra, describiendo sus funciones básicas; un nuevo espacio de desarrollo de talento, no sólo en el área de los recursos humanos, sino también en el del marketing, comunicación y tecnología.

Si bien, es un aspecto importante como candidatos o potenciales candidatos crear nuestros perfiles profesionales en función de nuestros objetivos y estrategia, no lo es menos, para las empresas, desarrollar su estrategia de contratación 2.0. Son muchísimos los ejemplos los que se enumeran en la obra y, enriquecedores, los más de 30 casos prácticos que se incorporan al final del libro, fundamentales para tener criterios a la hora de establecer un estrategia 2.0 desde el área de capital humano de las empresas. Y no sólo son interesantes por el interés de la propia área, sino desde la óptica global de la compañía y la imagen que va a dar.

Una obra llena de pautas y recomendaciones que incorpora, como en el caso del uso de redes sociales por los empleados en el centro de trabajo, las recomendaciones de BBVA a sus empleados, reflejando un interesante modelo de comportamiento. Con todo ello, bien como empleados o como buscadores activos de empleo, bien como responsables de comunicación 2.0 y/o de capital humano de las empresas tenemos herramientas y elementos para movernos en el “nuevo paradigma –tal como señala Amparo Díaz Llairó- caracterizado por el dinamismo, la incertidumbre y en el que modelos pasados no funcionaran en el futuro”.

Los profesionales no podemos dejar pasar este tren, es hora de cambio de viejas mentalidades y de empezar a mostrar con transparencia nuestro potencial.

viernes, 3 de diciembre de 2010

Cómo leer un ebook con DRM en el Ipad (y en el iPhone) en sólo 5 pasos

Los ebooks que compramos en los diferentes distrribuidores en internet protegidos con DRM resultan incompatibles para leerlos en el iPad (y en el iPhone), a través de iBooks. Pero con el app gratuito Bluefire Reader es posible cargar ebooks con DRM en el iPad. Los pasos a seguir son:

Paso 1: Bajarse la aplicación Blue Fire de la App Store desde el iPad




Una vez cargada la aplicación, te pedirá darte de alta en Adobe Digital Editions (ADE), cumplimentamos los datos, nuesta clave de usuario será el correo electrónico y un password (si ya estamos dados de alta en ADE, sólo hará falta incluir nuestro datos de usuario)






Paso 2: en tu Pc instala ADE
Entramos en la página http://www.adobe.com/es/products/digitaleditions/ e instalamos Adobe Digital Editions, un programa que nos permitirá visualizar los libros protegidos con DRM en nuestro ordenador, el sistema autoriza la lectura de los libros.




Como ya tenemos un cueta creada (lo hemos hecho a través del iPad) sólo tendremos que introducir el correo electrónico y el password.


Paso 3. Compramos un libro en nuestro distribuidor.

En mi caso me he dirigido a la tienda de Leer-e y despues de darme de alta en la tienda y proceder a la compra, he seleccionado los libros que voy a bajarme a mi Pc.




Los archivos protegidos con DRM vienen con una extensión .acsm, son archivos de poca capacidad que los bajamos a nuestro directorio de descargas. Como ya tenemos instalado ADE en nuestro Pc, vamos al directorio de descargas y encontraremos el archivo con el nombre del libro y la extensión . acsm. Picamos en el archivo y ADE reconocerá la extensión y autorizará su visualización.







Paso 4: Traspasamos el archivo al iPad


Tenemos el iPad conectado al Pc y con a iTunes abierto. Nos situamos en la pestaña de aplicaciones, buscamos la aplicación de Bluefire para sincronizar archivos y pulsamos en el botón de añadir. Los archivos con la extensión .acsm no tienen el contenido del libro que hemos bajado. ADE los guarda con la extensión .epub en la carpera My Digital Editions dentro de la carpeta de Documentos (Windows 7). Así, que buscamos la carpeta y picamos sobre el título del libro que queremos cargar en el iPad.




Una vez sincronizado el iPad, abrimos el app de Bluefire Reader y veremos la imagen del libro que hemos cargado. En este caso, La casa de los espíritus, de Isabel Allende.



Paso 5. Leer el ebook en el Ipad.


Ahora toca disfrutar de la lectura. Si queremos cargar el resto de los libros que hayamos comprado con DRM, seguieremos los Pasos 3 y 4. Sencillo, ¿no?




jueves, 25 de noviembre de 2010

El Parlamento Europeo condena los hechos del Sahara


Se acaba de producir, ante la inacción del los Gobiernos europeos -y, en particular, del Español-, y de las Intituciones Europeas, el Parlamento Europeo acaba de condenar la violencia registrada en el desmantelamiento marroquí del campamento saharaui de El Aaiún.

La diplomacia marroqui, según informan los medios españoles, había tratado de impedir esta declaración. Dentro del Parlamento ayer se negoció los términos de la declaración con un posicionamiento del grupo Socialista de no ser beligerantes con Marruecos. Hay que recordar la fuerte influencia que tienen los socialistas españoles que, entre las diferentes nacionalidades que lo componen, representa unos de los bloques mayoritarios dentro del grupo Socialista.

Las resoluciones políticas del Parlamento Europeo no tienen más eficacia del ruido medático que puede hacer entre la prensa y la opinión pública europea y mundial. El Parlamento se ha caracterizado siempre por perseguir los abusos de los derechos humanos en distintas partes del mundo y, de esta forma, meter presión al Consejo y a la Comisión sobre la negociación y eficacia de los Acuerdos comerciales con países terceros. En este sentido hay que recordar la próxima negociación del acuerdo pesquero.

El Parlamento solicita una investigación independiente de la mano de Naciones Unidas y expresan su respaldo a las negociaciones en Naciones Unidas entre Rabat y el Frente Polisario sobre el Sáhara Occidental.

Lo más llamativo de la actividad del Parlamento Europeo, en estos últimos meses, es que temine siendo la única Institución en toda Europa capaz de dar golpes en la mesa, ya lo hizó con el asunto de los gitanos en Francia y, una vez más, lo vuelve a hacer hoy. Quede su labor, en estos casos, como resquicio de algo bien hecho. Aun falta la condena a la actuación Marroquí, parece que deberemos esperar a ver si la investigación de Naciones Unidas da sus frutos, si los da...

martes, 23 de noviembre de 2010

Un monopolio estatal más, la distribución de sentencias.


En el BOE núm. 282, de 22-11-2010 se publicó el Reglamento de reutilización de sentencias. El Reglamento crea un nuevo monopolio estatal y autoproclama la potestad divina del CENDOJ (Centro de Documentación Judicial) en concentrar el uso que pueda hacer cualquier humano de las sentencias que emiten los Tribunales españoles. El Reglamento entiende como reutilización “el uso de las sentencias y otras resoluciones judiciales por parte de las personas físicas o jurídicas que las empleen, a su vez, para facilitar a terceras personas el acceso a tales sentencias y resoluciones, o a productos con valor añadido elaborados a partir de las mismas, sea o no con fines comerciales”.

En este concepto no sólo queda incluido la tradicional puesta en servicio que hacen las editoriales jurídicas, sino que cualquier explotación que haga una persona jurídica o física con las sentencias queda incluida dentro de su alcance: enlaces de internet, citas, reproducciones parciales,… así como “cualquier procedimiento tecnológico que permita a terceras personas acceder a sentencias y a otras resoluciones judiciales”. Así que el envío de una sentencia por email, una fotocopia... está dentro del objeto del artículo.

Las excepciones al concepto quedan limitadas: a) al uso de los órganos judiciales; b) la publicación oficial del Consejo del Poder Judicial; c) la consulta a dicha publicación; d) el uso que el CENDOJ del Fondo Documental CENDOJ, que podrá crear un producto comercial con uso exclusivo para la carrera judicial, extensible al Ministerio Fiscal y a cualquier cuerpo funcionariales de personal colaborador o al servicio de la administración de Justicia; e) al uso formativo de por el CGPJ; f) la divulgación de medios de comunicación social o especializado con uso puntual de las sentencias: g) la aportación documental se sentencias en los procedimientos judiciales; y, h) la difusión aislada y ocasional que hagan las partes de un procedimiento judicial.

El reglamento prohíbe que jueces y magistrados faciliten resoluciones para su reutilización, además y la reutilización de sentencias no obtenidas a través del CENDOJ, salvo que se efectúe a partir de un previo acto que no constituya reutilización.

Así, que el CENDOJ se convierte en el monopolio nacional distribuidor de sentencias para su reutilización y, además, en productor de un base de datos documental (Fondo Documental CENDOJ) para todos los cuerpos de la administración en concurrencia con los operadores privados, a los que, si se extiende esta base de datos por todos los cuerpos colaboradores o miembros de la administración de Justicia, restará cuota de mercado, en la medida en que sean usuarios. Pero, ¿cuáles son los cuerpos funcionariales colaboradores?

Las licencias o autorizaciones que concede el CENDOJ son de carácter anual, concediendo derechos no exclusivos.

Para reutilizar sentencias y resoluciones judiciales por los operadores y que no se encuentren en los fondos del CENDOJ o de la página del CGPJ deberá procederse a una autorización individual, según el procedimiento el art. 7 del Reglamento. Así que las sentencias de primera instancia, quedarán en el limbo, salvo que se hayan visto reutilizadas por medios de difusión. ¿Una sentencia de primera instancia que se nos ha comunicado y se la queremos pasar a un compañero, debe pasar por este procedimiento? Entiendo que dentro del mismo despacho, mientras seamos una persona jurísica, no es necesario. La paradoja es que si la presentamos como aportación en un procedimiento, entraría dentro de la excepción que hemos mecionado.

No será necesaria autorización o licencia del CENDOJ cuando la reutilización sea con fines docentes o de investigación científica, siempre que dicha reutilización no tenga finalidad comercial. ¿La publicación y la generación de derechos de autor queda sujeta a actividad de licencia y autorización y, por lo tanto, al pago del precio público? ¿Se trata de esta forma de favorecer a las entidades editoras que ha pagado el precio público por tener las resoluciones? ¿Queda incluida en la reutilización la cita parcial de sentencias, al no poderse acoger al concepto de cita de la Ley de Propiedad Intelectual? ¿El concepto investigación científica está sujeto exclusivamente al mundo universitario o está abierto a los profesionales en la divulgación de sus estudios? ¿Un profesional jurídico cuando escribe un artículo, además de promover la divulgación científica, no está realizando una actividad promocional de su imagen y/o despacho y, por lo tanto, una actividad comercial? ¿Cuándo se actúa como ponente en un curso de formación de una empresa y se percibe retribución a cambio? Y, ¿un informe o dictamen? La reutilización, en todos estos casos, se tendrá que hacer a través de los productos ofertados por los operadores citándolos como fuente, para que el CENDOJ no nos tenga en la lista se sospechosos.

Tampoco está sujeta a autorización o licencia de reutilización cuando ésta se haga con fines de información al público siempre que sea de naturaleza ocasional, tenga poca entidad (menos de 100 resoluciones) y carezca de finalidad comercial. ¿una asociación de consumidores que informa mediante resoluciones judiciales a la ciudadanía tiene finalidad comercial? ¿la captación de asociados, queda incluido en este concepto? La difusión de las propias sentencias de la asociación quedan sujetas a un uso aislado y ocasional, según las excepciones del art. 2.

Con o sin autorización, el uso de la reutilización está sujeto a citar la fuente de suministro, a no alterar ni a desnaturalizar su sentido y a verificar la disociación de los datos de carácter personal. Así el artículo 5.7 del reglamento traslada a los operadores el soportar las reclamaciones de terceros que pueda dar lugar los productos de valor añadido generados por ellos.

Las entidades que con o sin finalidad comercial reutilicen las resoluciones judiciales seguirán el procedimiento de licencias-tipo establecido en el art. 5 del Reglamento. El CENDOJ facilitará las sentencias y resoluciones en formato judicial a través de sus servicios documentales a cambio de un precio público diferente, en su caso, del volumen de la documentación solicitada y de la finalidad comercial o no.

Está prohibida la cesión a terceros de la licencia de reutilización salvo que opere por disolución o cambio de titularidad de la beneficiaria. La cesión a terceros de los ficheros entregados por el CENDOJ sólo se podrá hacer mediante productos de valor añadido.

Las sanciones que establece el Reglamento podrán llegar a los 100.00€ en los casos de infracciones muy graves, 50.000€ en infracciones graves y 10.000 en las leves.

Cuestión relevante es la disposición adicional segunda, en la que los convenios existentes con entidades (como colegios profesionales) se revisarán en los próximos tres meses para aplicarles la modalidad de reutilización prevista en el Reglamento. Entidades que hasta ahora se beneficiaban del acceso gratuito que tendrán que pasar por caja, porque aunque sean colaboradoras de la administración de justicia no son cuerpos funcionariales.

Me quedan preguntas tontas como, si se linkean en artículos de uso comercial o no sentencias a las bases de dato públicas, ¿tendremos que pagar el link a precio de sentencia? ¿el precio público sirve para financiar el Fondo Documental que el CENDOJ ofrece a la administración de Justicia y a otros servicios?, ¿No son las sentencias documentos públicos? ¿Puede erigirse un organismo de la administración en un monopolio? ¿El precio público es una tasa? ¿Es la jurisprudencia una fuente complementaria de Derecho o una fuente de ingreso de las arcas públicas? ¿es conforme esta regulación respecto del articulo 8.1 de la Directiva 2003/98/CE cuando establece que las condiciones de reutilización “no restringirán sin necesidad las posibilidades de reutilización”?

En suma, con el Reglamento, el CENDOJ consigue dos propósitos, de un lado,establecer un modelo de puesta al público en general en disposición de las sentencias a través de la web del CGPJ y, de otro, proteger su negocio, atar a sus compradores, impidéndoles acceder a las sentencias por ningún otro medio a costa de obligar a los profesionales a tener que pasar por caja para poder hacer un uso libre de un documento público. Alea jacta est.

lunes, 22 de noviembre de 2010

Colonos digitales


Cada día, son más las referencias donde se manifiestan las diferencias entre los llamados nativos digitales y los inmigrantes digitales que acuñó, con tanto éxito Marc Prensky. Ser miembro de uno u otro grupo, se caracteriza principalmente por el hecho de haber nacido antes o después de los 90. Al releer su artículo sobre la diferencia entre uno y otro perfil y, sobre todo, viendo la opinión de algunos lectores del mismo, el propio Marc Prensky declara, ante un comentario de un lector nacido en 1975 y que se considera un usuario avanzado digital, que él a sus 45 años, tampoco es un inmigrante digital.

El artículo ensalza muy bien la diferencia entre los nacidos en la era digital y los que nacimos antes. Pero, en esa generalización, nos encontramos con personas que, aun habiendo nacido en la era digital, no tienen el mismo contacto con ordenadores, móviles, internet… en función de la región del mundo a la que pertenezcan y de los medios que cuenten, por lo que podremos decir que existen nichos de inadaptación o analfabetos digitales (por falta de oportunidades) a la era digital. Y, por otro lado, como bien reclamaba el indignado lector, personas que habiendo nacido antes de los 90 han vivido el nacimiento de lo digital, de internet e, incluso, han sido causa y motor de su crecimiento y desarrollo –los primeros titulados en ingeniería informática son de este período- .

Este grupo incluye, pues, a los nacidos entre los años 60 y años 80 y, entre los que me incluyo. Como el crítico lector no me siento cómodo en el concepto de inmigrante digital y, evidentemente y por razones obvias, en el de nativo digital.

Además, si vemos el significado del concepto de inmigrante, como persona que se desplaza a otro país con la idea de domiciliarse o de formar nuevas colonias, me surge un concepto más apropiado a mis inquietudes.

Aunque las diferencias entre inmigrante y colono sean meros matices, lo que si percibe uno, en sus comportamientos, es que el colono es un tipo de inmigrante con vocación de permanencia y de formar parte “integrada” en el territorio que ocupa, a diferencia del mero inmigrante, que tiene siempre una evocación de su país de origen y con un estremecedor sentimiento de regresar a sus raíces.

Como los antiguos colonos que colonizaron espacios en América, Australia, África o Asia…. o, incluso, el propio oeste americano, el mundo digital no deja de ser otro espacio susceptible de colonización por aquellos que buscan una situación de permanencia y una vocación de enmarcar espacios y territorios. En este sentido, no sólo hemos desarrollado herramientas y productos para nuestras empresas, sino también hemos colonizado con nuestros blogs, nuestros perfiles en redes sociales y con nuestras webs personales espacios propietarios en internet.

Los colonos, en nuestro caso colonos digitales, tenemos la virtud de integrarnos, en mayor a o menor medida, con los nativos –dependiendo de diferentes culturas- lo que hace más enriquecedor el desarrollo digital.

Los nativos digitales, como bien indica Marc Prensky , muestran una mayor predisposición a la adaptación de nuevo entorno digital, nacen con él y él es su medio. Pero, es de todos conocido, que los nativos son más vulnerables, por su confianza en el medio, a desproteger sus datos personales, su imagen personal, etc. Las normas y la cultura global, es preexistente a ellos, y la cultura dominante, lo mismo que sucedió en la colonización española, inglesa o la propia americana supuso que los colonos fueran los dirigentes, en un primer momento, de los nuevos territorios ocupados. Los aborígenes o nativos, resultaros buenos exploradores para favorecer la colonización y, de hecho, los negocios digitales hoy, están en manos de los colonos (o de inmigrantes o extranjeros capitalistas). Hay que recordar, que en la historia de las colonizaciones, los colonos casi siempre vencieron e impusieron sus normas a los nativos.

La colonización digital, es enriquecedora en su mezcla, lo que hace que acelere los procesos de desarrollo del mundo virtual y, esto, dificulta que los inmigrantes de paso se integren.

Por ello, en los modelos de aprendizaje de los inmigrantes digitales hay que proporcionales medios y herramientas que motiven su integración en los digital y que encuentren sus espacios de convivencia para tener una vocación de permanencia. Su amenaza está en pensar en la vuelta, exclusivamente al mundo real, a su país de origen.

Así, dejen de llamar inmigrantes, a los que como colonos, participamos en el desarrollo digital y mostramos nuestros espacios y nuestras aptitudes.

domingo, 14 de noviembre de 2010

Valoración de los libros para iPad de Deusto, Alienta y Gestión2000


Comentaba en un anterior post, como los usuarios del iPad reclamaban la falta de libros para este soporte. Es difícil encontrar títulos interesantes en español en iBooks, y dentro de la oferta a través de aplicaciones llama la atención la que conjuntamente lanzan los sellos editoriales @Alienta, @EdicionesDeusto y @Gestión2000 a través de la web www.librosparaipad.es.

Es interesantísima la oferta editorial sobre libros de management, algunos de ellos, best sellers en esta área y con autores de primera fila. Más de veinte títulos que comprendes obras como “No miedo” de Pilar Jericó, “Todo va a cambiar” de Enrique Dans, “La empresa en la Web 2.0”, de Javier Celaya, “Primero la gente” de Amartya Sen (Premio Nobel de Economía)y Bernardo Kliksberg…., etc. No todos están disponibles en la actualidad, algunos títulos anunciados se presentan con un “próximamente”, como avanzadilla publicitaria.

Siguiendo la política general de precios, los ebooks cuestan entre los 9,99€ y 12,99€, un 35% por debajo del precio en la edición papel. El posicionamiento del precio esta alineado con el que se venden la mayoría de los libros electrónicos. Realmente si el contenido es el mismo que el del formato papel y no se aportan más valores añadidos, esta política me parece correcta. Aunque, como veremos, si la aplicación fuera más allá de un libro y el usuario percibe ese valor, suprecio debería ir en consonancia.

Animado por tan interesante oferta, decidí adquirir “La empresa en la web 2.0” y bajarme la aplicación. Lo primero que me llama la atención es que cada libro es una aplicación independiente a diferencia de otras aplicaciones que los que bajas es una biblioteca similar a la de iBooks con el acceso a tienda propia (dejo como ejemplo la de TouchyBooks de cuentos infantiles). Con la llegada del IOS 4.2 para iPad y la gestión de carpetas ésta opción nos permitirá agrupar los diferentes libros de la colección.

Sin entrar al fondo del libro adquirido, la aplicación de lectura es sencilla, cuenta con un menú de configuración que permite modular el tipo, el tamaño y el color de la letra, así como el color de fondo. Como muchas de las aplicaciones que me he bajado desde que adquirí mi iPad, la aplicación necesita de una evolución (los que hemos vivido las versiones de El Mundo en Orbyt podemos dar fe de ello). El hecho que sea una aplicación ex proceso para un libro de management sugiere la posibilidad de que los contenidos fueran más allá del propio contenido del libro, como tener un resumen en diapositivas del mismo o la posibilidad de que el usuario las elaborara.

Cuando nos enfrentamos al texto de libro, echo en falta márgenes y una maquetación que facilite la lectura, como la separación de párrafos y un interlineado que los agrupe. De hecho, hay páginas en las que es difícil fijar y recordar la línea en la que se lee dada la sensibilidad de la aplicación a pasar página. Sensibilidad, que al cambiar el formato vertical a horizontal, en ocasiones pierde la línea en la que estamos. Cuestiones menores, pero no por ello, a descuidar.
En este sentido, se ve como el libro se ha exportado del papel con imágenes en blanco y negro a un soporte, como es el iPad, en el que el uso del color es uno de sus fuertes.

Entiendo, como ex-editor, la preocupación de los editores de proteger los textos ante el creciente pirateo de libros, de hecho, la concepción de la aplicación está diseñada para proteger el texto, no se puede copiar, cortar, incluso, remarcar partes del texto. Los libros de management son justo libros que piden ser guarreados por el lector, tomar anotaciones, subrayarlos, colorearlos…. Supongo que en un futuro la aplicación incorporará todas estas herramientas. Incluso que los textos remarcados puedan ser consultados en una sección del menú como resumen de las frases seleccionadas por el lector.

La aplicación tiene la utilidad de incorporar marcadores en las páginas de los capítulos de interés.

En suma, es importante la decisión de las firmas editoriales de romper la barrera de la falta de oferta de contenidos para iPad y, además, con contenidos de calidad. La aplicación, como todas las aplicaciones necesita un desarrollo y una evolución para que el producto sea algo diferenciado. No dudo que los gestores de Deusto, Gestión2000 y Alienta avanzarán en esta línea junto a sus lectores, más si cabe, después de leer el magnífico post de Roger Domingo (@RogerDomingo) “Sobre cómo utilizamos Twitter en Deusto, Gestión 2000 y Alienta” y su interacción con los lectores. En este sentido, implementar en la aplicación utilidades en las que que el lector pueda reenviar a las redes sociales opiniones, frases para recordar, claves del libro.... (algo que ya tienen los libros para Kindle) añadirían un componente social al que éstas editoriales parecen orientadas.


lunes, 8 de noviembre de 2010

Las listas de twitter te pueden hacer más listo


Antes de leer este post y, si no estás familiarizado con las listas de Twitter, te recomiendo leer a @Twittboy y sus posts: 20 usos productivos de las listas de Twitter y 20 observaciones sobre las listas de Twitter.

En Twitter, a diferencia de otras redes sociales, no coinciden las personas a las que seguimos con las que nos siguen. Cuando en Facebook, Linkedin, Xing,… agregamos un “amigo” o “contacto” abrimos una relación recíproca. Lo que hace uno, lo ven sus seguidores y viceversa. Dentro de las estrategias comerciales o profesionales que podemos definir, tenemos controlados a todos nuestros seguidores y nos podemos ayudar de las listas que facilitan las diferentes redes sociales para segmentar usuarios.

En Twitter, puedes seguir a usuarios que no te siguen y viceversa, además de los usuarios que te siguen y tú les sigues. Lees lo que los usuarios que sigues dicen, aparentemente lo que te interesa leer. Pero, los que te siguen, ¿leen lo que quieren leer? Podemos pensar que “por algo me siguen”, pero nos hemos planteado conocer ¿cómo es el perfil de nuestros seguidores? Nuestros seguidores son nuestros “clientes”, ¿estamos orientados a satisfacerles?¿sabemos cómo sacar partido de nuestros objetivos en Twitter sin conocer los perfiles de nuestros seguidores? Hay usuarios que manifiestan un dolor cuando otro les hace “unfollow”, pero han pensado el porqué se ha dado esa situación. Conseguir seguidores tiene, como todo negocio, actividades de captación y de fidelización. Para captar, tenemos que dar la mejor imagen en nuestro perfil, en nuestros tuits; para fidelizar, hay que focalizarse en quien nos lee, según el tipo de cuenta -por ejemplo- pueden sobrar los tuits de contenido personal.

Para seguir a un usuario lo normal es hacer “follow”, pero ésta no es la única manera de seguir gente en Twitter. Las listas aparentemente sirven para clasificar a los usuarios que sigues, pero en las listas puedes, además añadir a otros usuarios que no sigues y quieres ver su actividad. Así pues, las listas son otra forma de seguir a usuarios.


En suma, en una lista puede haber diferente tipos de usuarios:
- Usuarios que sigues, si los has clasificado
- Usuarios que has dejado de seguir y tenías clasificados en listas
- Usuarios que te siguen, si los has clasificado
- Usuarios que han dejado de seguir y tenías clasificados en listas
- Usuarios que no sigues, si los has clasificado
Sin olvidar que podemos seguir a usuarios a través de las listas que tengan creadas oras personas. Podemos tener listas públicas o privadas (ésta normalmente para seguir contactos más familiares o para monitorizar a la competencia).

En función de tus objetivos profesionales o de negocio, tener a todos los usuarios que sigues y que te siguen clasificados, te permite tener una segmentación personalizada de los mismos. En función de de dichos objetivos podremos personalizar mensajes para los usuarios de una lista con independencia de que sean seguidores nuestros o no. Si monitorizamos las listas, podremos saber si tienen interés profundizar de determinados temas y, por lo tanto, reorientar los mensajes que escribimos. Nos podemos empeñar en hablar para quien no nos escucha o pensar en nuestros seguidores. Para ser más efectivos, existen herramientas que, también, fueron analizadas por @TwittBoy en un post.


Hay divos, que mantienen miles de seguidores sin necesidad de conocer nada sobre ellos, pero hay quienes planifican un negocio basado en adaptarse a sus usuarios y conseguir el éxito. Entender a tus seguidores puede ser una herramienta clave. De alguna forma, pensando en sus usuarios, Muy interesante consigue unos 1.000 followers diarios. Entender a sus seguidores es una de sus claves de éxito, monitorizar comportamientos, opiniones, temáticas, controlar conversaciones…. Herramientas muchas, una de ellas las listas, no lo olvides, tal vez, puedas ser más listo…..

viernes, 5 de noviembre de 2010

Iguales hasta en el apellido


Ayer teníamos noticia de la reforma de la Ley del Registro Civil en lo referente al orden de los apellidos. La verdad es que en un principio me pareció estupendo, claro, después de intercambiar opiniones en algunos foros, he recordado que hace más o menos un año o año y medio, me dirigí al Ministerio de Igualdad, a través de la web del Instituto de la Mujer, para hacerles ver una situación que, por mucha tradición que se diga, es desigual para la mujer. Como es normal, no recibí ni acuse de recibo, ni las gracias por la sugerencia. Además, supongo que la reforma tendrá causa en otras razones o motivos.

Pero, volviendo al objeto de la reforma, el actual régimen legal permite que se pueda utilizar en primer lugar el apellido de la madre, pero prioriza el paterno conforme históricamente se viene haciendo. Las posibilidades de cambiar el orden entran en una negociación (que no se daba) entre la pareja que, ante la discrepancia, favorece al marido. Además, recordemos que quien acude al Registro Civil es casi siempre el padre, ya que la madre todavía está convaleciente del parto.

Así las cosas, una reforma que deje en una posición de iguales a los cónyuges para tomar la decisión del orden de los apellidos de los hijos me parece justa e igual. Los cónyuges tendrán que acordar, para evitar discrepancias futuras, ésta situación previa al matrimonio y, se hacen capitulaciones, incluirlas en ellas.

El método para arbitrar la falta de arreglo es más controvertido. Acudir al orden alfabético de los cónyuges es una solución, no falta de suspicacia, esperemos que la gente se siga casando por amor y no por la letra por la que empieza su apellido, aunque a mi hija, yo ya le he dicho que los novios..... a partir de la "c".

miércoles, 27 de octubre de 2010

¿Quién va a ganar con la venta de ebooks?


Publica David Soler (@dsoler) en linkedin una referencia sobre la piratería de libros electrónicos en Estados Unidos. “La descarga de libros electrónicos hace perder a la industria editorial americana más de 2.800 millones de dólares” reza el titular. Entre 1,5 y 3 millones de usuarios se han descargado algún tipo de libro de forma gratuita.
Esta situación se da en un país, como es Estados Unidos, donde la venta de ebooks está canalizada principalmente por Amazon. Esta empresa reconocía este verano que sus ventas de ebooks superaba al formato papel. Amazon ha conseguido vender más de un millón de libros de la saga “Crecúspulo”. Junto con el crecimiento de Amazon, Apple lanzó su iPad y logró una penetración histórica de otro dispositivo que, aunque no es un lector propiamente de libros, una de sus utilidades es facilitar al lector la lectura de libros electrónicos. Los lectores y las aplicaciones para leer libro se han hecho compatibles, así Amazón lanzó su propio app para el iPad facilitando el acceso a su tienda virtual. Apple puso en marcha su app iBooks, donde los contenidos del libro en español brillan por su ausencia. Más de un usuario se pregunta dónde están los libros electrónicos en español. Su oferta es casi inexistente y, además, parece que esta va a ser la tendencia desde el nacimiento de Libranda.
Por el contrario, el mercado de dispositivos, tablets y lectores de libros electrónicos, parece que va a vivir una eclosión en los próximos meses con el lanzamiento de todo tipo de gadgets. ¿Qué van a leer los usuarios en español? Acceder a libros pirateados en español es relativamente fácil. Bajarse 3000 libros bastante actuales, no cuesta más de media hora y no ocupa más de 2 GB.
El mercado editorial sigue preocupado en como salvaguardar su contenido en una guerra que tienen perdida desde el inicio. Del gasto que puede hacer un buen lector de libros que decide pasarse al ebook va a perder aproximadamente un 50%, en número groseros. Me explico, si un lector se gasta actualmente unos 300€ al año comprándose unos 15 libros, al pasarse al mercado electrónico hace una inversión de unos 150€ de media en el lector y con un precio medio de 10€ por libro, vuelve a comprarse los 15 libros que compraba habitualmente. El primer año, la industria editorial acaba de perder el 50% de su ingreso a favor de la industria de lectores. El gasto del cliente final se mantiene. El año 2, nuestro lector sólo compra libros, por lo que su consumo total disminuye, aunque las estadísticas hablan de que en los lectores se incrementa la lectura, por lo que podrán aparecer incrementos en la industria editorial, pero conforme migren los lectores papel al formato electrónico el “gap” irá en aumento. El lector se verá obligado a comprar un nuevo lector cada dos años, las prestaciones de los nuevos soportes serán tan sumamente atractivas que la industria de lectores se convertirá en algo tan dependiente como la de televisores, ordenadores, etc..
Además si no existen contenidos, el usuario del nuevo lector empezará a acostumbrarse a buscar ebooks gratuitos en internet, por lo que será difícil que vuelva a plantearse consumos altos con la industria editorial.
En mi opinión, el ganador de todo este proceso va a ser la industria de los lectores, como lo pasó en la música. Avalado en la existencia de contenidos gratuitos (es increíble la cantidad de ebooks que se pueden encontrar) y en la pasividad de la industria editorial. Si, además, el productor de lectores, es distribuidor de contenidos, los monopolios o cuasimonopolios que se van a generar en este sector, llevarán a un nuevo concepto de la industria editorial. Pero lo que está claro es que las cuentas de resultados de muchas editoriales se van a ver afectadas y que los canales tradicionales -librerías- van a disminuir sus puntos de ventas. Como se dice en España, se pueden ver los toros desde la barrera o torear, ¿en qué lado te vas a quedar?

jueves, 21 de octubre de 2010

Reflexiones sobre "Derecho y redes sociales" de Artemi Rallo y Ricard Martínez (coordinadores)


Suele pasar que cuando vas a tener un hijo, sólo ves mujeres embarazadas o, cuando vas con muletas, no haces más que ver gente en tu misma situación. Así, que cuando empecé a leer el libro "Derecho y redes sociales" (Thomson-Reuters Civitas, 2010)comencé a ser más sensible con todas las noticias que han ido apareciendo sobre el tema. Desde el suicidio de un joven americano porque dos compañeros de residencia habían tuiteado un video en el que se le veía manteniendo una relación sexual con otro joven, hasta la condena de dos menores por colgar videos en YouTube en los que se apreciaba el acoso a otros menores, como la noticia de que Facebook había cedido datos de sus usuarios a otras empresas. De repente, parece que las noticias sobre redes sociales son protagonistas de los medios de comunicación y, sin olvidar, el reciente estrenos de la película titulada “la red social”.

Como usuario de diferentes redes sociales, el libro coordinado por Artemi Rallo y Ricard Martínez me llamó mucho la atención. Como muchas otras cuestiones de la vida, el Derecho va detrás de las relaciones humanas y, las redes sociales, también, se han adelantado a una regulación sobre la materia. La velocidad que imprime internet supera la capacidad del legislador.

Si algo llama poderosamente la atención de la lectura del libro es que la palabra más citada en toda la obra sea PRIVACIDAD. Cuando entramos a formar parte de una red social, con independencia de si es profesional, de amistad, de hobbies... comenzamos a suministrar una cantidad ingente de información de nosotros mismos que, como insinúan Nieto y Maroto en el Capítulo IX, cualquier estado totalitario hubiera deseado tener de sus ciudadanos. Información personal, familiar, estudios, posición ideológica, religiosa, económica,... que voluntariamente participamos, en principio, con los que nos relacionamos directamente, pero que, según redes y niveles de privacidad, pueden ser accesibles a todo el mundo. Hay otras informaciones implícitas de las que somos inconscientes, una foto informa de con quién estamos, dónde hemos estado, cómo vestimos,.... Cuando acudimos a un evento o utilizamos la geolocalización, damos información de dónde estamos y, por lo tanto, de dónde no estamos. Ingente información que, consciente o inconscientemente, está al alcance de terceros.

Como señala Paula Ortiz en el primer capítulo, la vida en una red social tiene tres fases: momento del alta, periodo de utilización y baja del servicio. La información personal que comenzamos a dar desde el inicio y durante el uso del servicio deben ser borrados cuando nos damos de baja del servicio. Pero siempre pueden quedar rastros en la medida en que otros usuarios hayan compartido nuestra información, fotos, enlaces...

En el capítulo segundo, Ignacio Alamillo, nos introduce en el concepto de la identidad electrónica, con los desafíos que suponen la autenticación de los usuarios, su relación con la firma electrónica y las capacidades de actuación.

Mónica Vilasau, en el capítulo tercero, profundiza en la idea de privacidad: "las redes sociales tienen sus reglas y sus consecuencias y hay que ser conscientes de ellas". Una foto con la camiseta del Barcelona supuso que no se le renovara el contrato a una jugadora del Español. Eliminar la foto de su perfil de facebook no impidió que múltiples copias circularan por la red. Si es importante la privacidad y entender los diferentes niveles que aplican las diferentes redes sociales para uno mismo, más importante es la indefensión en la que se encuentran terceros que no son miembros de las redes sociales: comentarios, fotos etiquetadas...
Las políticas de privacidad de los proveedores de servicios distan de ser claras y sencillas, su diseño, como profundiza Javier Megías en el capítulo doceavo, es esencial tenerlo claro desde el momento inicial, cualquier adaptación posterior no dejará de ser un parche.

Focalizado en el concepto de privacidad, adquieren mayor relevancia las políticas de protección de datos de carácter personal que, como señala Ricard Martínez en el capítulo cuarto, se manifiestan en conductas lesivas como la suplantación de identidad, la difusión no consentida de fotografías, tratamiento de información personal en blogs, inclusión de videos vejatorios,... Además, los responsables de los ficheros no son sólo los proveedores de las redes sociales, sino también los usuarios en la medida en que sus seguidores pasan de un número que se podría considerar doméstico o familiar.

El capítulo quinto profundiza en el consentimiento, así, Monica Arenas señala que es la pieza angular del sistema y sobre el que se deben garantizar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El consentimiento tiene que ser libre, informado, específico, inequívoco, previo y revocable. Los responsables de las redes sociales de informar de los fines para los que se van a utilizar los datos personales.

El mayor problema del consentimiento se centra en la verificación de la edad. En España los mayores de 14 años pueden prestar su consentimiento y, aunque Natalia Martos explica, en el capítulo sexto, todas las garantías de control que establece Tuenti para el control de acceso de menores, los nativos digitales se han convertido, conforme a la tradición española, en lazarillos o pícaros digitales y encuentran los medios para saltarse sus controles. No hay más que preguntar entre nuestros hijos para comprobar una realidad que supera las buenas intenciones de la compañía.

María Belen Cardona, analiza las redes sociales en el contrato de trabajo. Los usuarios de las redes sociales se olvidan, en muchos momentos, que sus jefes son miembros de su red y dejan al alcance de estos comentarios sobre los clientes y la empresa. El uso de las redes en horarios de trabajo, los impactos en la productividad, etc.. son otro tipo de impactos. La redes profesionales, también, son espacios que favorecen la selección de candidatos (linkedin, xing.. ) sin olvidar que las de amistad son fuente para investigar sus perfiles más personales.

Eduard Chaveli, en el capítulo octavo, reflexiona sobre el uso que hace la empresa de las redes sociales. La publicidad es el motor del tratamiento de datos personales bien para captar clientes o fidelizarlos. Hay redes sociales que prohíben el uso con fines comerciales o de publicidad la información que reside en las mismas. Las campañas de publicidad estarán sujetas a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información: consentimiento y derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Incide, también, en el capítulo catorceavo. Miguel Pegueda sobre la publicidad y la protección de la privacidad, analizando dos tipos: la publicidad contextualizada y la personalizada. El uso de cookies por parte de la red de publicidad que accede a nuestro ordenador y registra nuestros usos e intereses es una de las claves para el desarrollo de esta nueva concepción. A falta de normativas, la autorregulación de las propias empresas son las que garantizan los mínimos de control de nuestra privacidad.

Los comportamientos delictivos, de los ya comentados autores del capítulo noveno, y las conductas de acoso (cyber acoso, Bullyng, happy slapping, grooming), desarrolladas en el capítulo décimo por Francisco Hernández, nos trasladan la realidad de la sociedad 1.0 a la 2.0. La virtualidad favorece y acentúa determinadas conductas lo que manifiesta más aún, si cabe, las situaciones de indefensión de las víctimas.

Alfonso Ortega, en el capítulo undécimo, nos explica las dificultades de determinar la ley aplicable cuando se dan elementos internacionales, teniendo en cuenta que los proveedores de servicios tienen residencia en países diferentes al de los usuarios.

Por último, Raquel Xalabarder analiza el impacto de la propiedad intelectual en las redes sociales y las políticas que éstas establecen respecto de los contenidos que incluyen los usuarios. Muchas de ellas, como Facebook, establecen una licencia no exclusiva en su favor, lo que le permite explotar cualquier contenido publicado por el usuario.

He aquí, unas pinceladas de un libro técnico, necesario para el profesional jurídico y para los responsables y gestores del llamado social media marketing. Las incertidumbres a las que nos adentramos al darnos de alta en una red social no son ajenas a los conflictos jurídicos y, aunque la obra da luces en muchos aspectos, la rápida evolución de internet genera nuevas lagunas. Si alguna crítica merece la obra, no es otra que la de no estar, también, disponible en un soporte electrónico, no sólo por la virtualidad de la materia que trata, sino, también, por la cantidad de links a documentos citados en sus notas a pie de página.

miércoles, 13 de octubre de 2010

Decálogo para los debates políticos en Twiter



Siguiendo la estela de Barack Obama, muchos políticos se han internado en Twiter. Muchos twiteros les reciben gratamente y les comienzan a seguir. Hasta se promovió un twitdebate entre @Robertojimenza (líder del PSN-PSOE de Navarra y @Santiagocervera (presidente de los populares de Navarra). Cada día, más polticos de las diferentes comunidades y países utilizan twiter. Unos responden a su ansiedad por estar, otros parecen obedecer a una estrategia de partido. No obstante, no parecen tener una estrategia de qué comunicar y cuándo y cómo. Algunos, han optado por la espontanéidad, otros, por trasladar consignas de partido y, otros más, trasladan su lado más humano y cordial.
Está claro que lo que si han conseguido es el ser más accesibles, unos más que otros, según respondan o comenten a sus seguidores.
Varios usuarios de twiter, como parte del electorado 2.0 nos hemos atrevido a recomedar un decálogo para los políticos que usan este canal. Es el siguiente:

1.- Twiter es un canal para ilusionar, cambia las formas y los hábitos 1.0
2.- No discutas del pasado, tu hiciste, yo hice, ya lo sabemos.
3.- Cuéntanos como vas a cambiar el mundo, tu comunidad, tu ciudad, ilusionamos.
4.- Trasmítenos valores, tolerancia, integración
5.- Escucha y respeta nuestras ideas, acepta nuestras críticas, cambia el talante.
6.- Somos tus clientes, los ciudadanos, hablad para nosotros no para el contrincante.
7.- En lo cotidiano, muéstrate cercano, en lo transcendente, sé responsable.
8.- Lo que digas queda escrito, piensa dos veces lo que dices
9.- Aporta valor en tus twits, no repitas lo que ya sabemos
10.- Nuestro mayor castigo es un unfollow, si no te sigue nadie quedarás mudo

Seguro que habrá mas recomendaciones, seguro que en el debate electoral habrá más, pero de momento queden ahí para su uso o desuso.

jueves, 30 de septiembre de 2010

Comisión vs. Francia: un pulso gitano


Reconozco que, después de leer las noticias en los medios españoles sobre la declaración de ayer de la Comisión Europea en lo relativo a la expulsión de gitanos en Francia, he tenido que volver a estudiar el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE -antiguo Tratado de la Comunidad Europea-). Me he vuelto a leer los artículos correspondientes al procedimiento de infracción del Derecho Europeo por un Estado miembro y, una vez, visto que nada ha cambiado, no entiendo para nada los titulares de la prensa española.
El procedimiento que tiene que seguir la Comisión es muy sencillo. Bien de oficio, bien a instancia de parte, si los servicios jurídicos de la Comisión estiman que hay indicios de que un Estado miembro incumple una norma concreta del Derecho europeo trasladaran al colegio de comisarios una propuesta de apertura de un expediente conforme al artículo 258 TFUE. La valoración de los servicios jurídicos de la Comisión es siempre fundada y sobre argumentos de derecho.
Con este expediente, se trata de recabar la información necesaria por parte de Estado miembro implicado para que explique y justifique, en su caso, o adelante las medidas que está tomando sobre la supuesta infracción del Derecho europeo. Si el Estado no responde (lo más habitual) o no da explicaciones suficientes o convincentes, el Tratado establece que la Comisión dirigirá al Estado miembro un Dictamen Motivado en el que le da un plazo para corregir las medidas que infringen el Derecho europeo. Si el Estado miembro no cumple con las indicaciones de la Comisión, ésta podrá acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea vía el recurso de incumplimiento del Derecho europeo por un Estado miembro para solicitar una declaración de incumplimiento por parte del Tribunal.
Los Tratados no confieren a la Comisión la posibilidad de sancionar, pues, a los Estados miembros por razón de incumplimiento de sus obligaciones conforme al Derecho comunitario.
Las posibilidades de sancionar a un Estado miembro económicamente quedan limitadas a:
a) Que conforme al art. 260.3 TFUE, la Comisión estime que el Estado miembro ha incumplido su obligación de informar sobre las medidas de transposición de una Directiva
b) Que conforme al art. 260.2 TFUE, si el Estado Miembro ha sido condenado por incumplimiento por el Tribunal de Justicia y sigue manteniendo medidas contrarias a la legislación europea, la Comisión e un segundo procedimiento de incumplimiento podrá solicitar al Tribunal de Justicia una sanción económica contra el Estado Miembro en cuestión.
En tales casos, la Comisión propondrá al Tribunal de Justicia la sanción económica y éste resolverá sobre si procede o no y sobre la cuantía.
Así las cosas, La Comisión empezó actuando tarde ante la supuesta infracción francesa (las expulsiones comenzaron en mayo) y sólo a instancias de la Resolución política del Parlamento Europeo. Además, la Comisaria de Justicia hizo una declaración política inculpando a Francia cuando debió emplearse más en fundamentar sus acusaciones en el plano jurídico. La Comisión es más un ejecutivo técnico que un gobierno político (los comisarios son designados por los Estados miembros con el beneplácito del Parlamento Europeo, y responden al interés de defensa de la legalidad europea). Francia, en boca de su Presidente, lanzó un pulso a esas acusaciones defendiendo la legalidad de sus medidas y ante el órdago que lanzó Sarkozy a la Comisión, está respondió ayer anunciando que no abrirá expediente por la posible discriminación, pero sí por el posible incumplimiento de la legislación europea en materia de libre circulación de personas. Recuerdo que esto ya lo analicé en un post anterior llegando a la concusión que los pobres y los que no ejercen actividad económica alguna no pueden invocar la libre circulación de personas en el marco de la UE.
Con todo lo expuesto, Francia ha conseguido, mientras la Comisión toma una decisión y, si prospera, hasta que el Tribunal de Justicia resuelva (podemos hablar entre 1 ó 2 años) deshacerse de los asentamientos de gitanos, tener tiempo para rectificar su legislación –en caso que sea necesario- y poder concluir con un archivo de expediente. Si por el contario, el tema llegara al Tribunal y condenara a Francia a cumplir con la legislación europea, Francia habrá ganado más tiempo para arbitrar medidas legislativas. En este último caso, una sentencia condenatoria a Francia podría servir para que los gitanos expulsados, que pudieran entender que han sufrido daños morales, económicos.. por la actuación de las autoridades francesas, pudieran solicitar una indemnización al Estado francés.
Si ahora vuelven a releer las noticias de El Mundo, La Vanguardia, El Pais, La Razóny ABC y la comparan con Le Soir o Le Monde, verán la diferencia. Cést la vie.

jueves, 16 de septiembre de 2010

El rapto de Europa


El rapto de Europa es una de las estampas míticas en las que Zeus, el rey de los dioses, disfrazado de toro manso rapta a la Princesa Europa y la lleva a la isla de Creta, donde consumaría su pasión.
Hoy, en el Consejo Europeo, una vez más, se ha consumado el rapto de Europa. Sarkozy, entronizado como rey de los dioses -Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros-, ha secuestrado la voluntad popular que emana del Parlamento Europeo y las actuaciones anunciadas por la Comisión Europea en un golpe de mano. Hoy, más que nunca, ha quedado en evidencia el déficit democrático que fundamentan los pilares de la Unión Europea.
Todos los Estados salieron coreando al Presidente galo y reforzando más, si cabe, que el poder en esta Unión Europea lo ostentan los Estados miembros y, en particular, algunos de ellos.
Esta claro que la Comisaria luxemburguesa se extralimitó en sus acusaciones a Francia, su comparación con el nazismo fue totalmente desafortunado. Pero lo mismo que prejuzgó la culpabilidad francesa, los Jefes de Estado y de Gobierno prejuzgan la licitud de sus medidas. Acaso, no corresponde esta función al Tribunal de Justicia?
Las Instituciones europeas han quedado en entredicho, tanto la Comisión como el Parlamento Europeo. Curioso era ver votar a los partidos de izquierda y verdes en la Declaración contra Francia, cuando muchos de ellos se opusieron en su día a la Constitución Europea que declaraba una libre circulación de personas sin sujeción a actividades económicas.

Barroso vapuleado por el Parlamento Europeo, ninguneado por Sarkozy y cuestionado en la comida privada.

Y en todo esto, el Presidente de Consejo Europeo, Van Rompoy como convidado de piedra.

Los ciudadanos europeos no existimos, la voluntad popular está secuestrada por los deseos de los Estados miembros, quienes dirigen y ejecutan. Como en el mito, la voluntad de Europa es propiedad de los dioses.

lunes, 13 de septiembre de 2010

Expulsiones de romaníes y derecho Europeo


Las declaraciones políticas no tienen más impacto que manifestar deseos e intenciones, las declaraciones jurídicas –sin embargo- confieren derechos y obligaciones que todos debemos respetar. La Declaración aprobada por el Parlamento Europeo instando a la Comisión y a los Estados miembros a que actúen, presuponiendo la violación de los Tratados de la Unión Europea y de las leyes europeas como consecuencia de las expulsiones que está ejercitando Francia sobre la población de etnia gitana en su territorio, no deja de ser una declaración política.
Dentro del marco institucional europeo, corresponde a la Comisión velar por el cumplimiento del Derecho europeo y, en su caso, tras instar al Estado miembro que lo haya vulnerado, acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que dicho Estado sea condenado.
Para que la Comisión actúe tiene que haber una violación del Derecho europeo y, aparentemente, la normativa afectada es la que establece la libre circulación de personas y el derecho a residir en la Unión Europea, junto a la prohibición de establecer expulsiones masivas.
Desde de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es aplicable con los límites que establecen los artículos 51 y siguientes que regulan su interpretación y aplicación. Así, el art. 52.2 establece que: “los derechos reconocidos por la presente Carta que constituyan disposiciones de los Tratados se ejercerán en las condiciones y dentro de los límites determinados por éstos”. Por lo que el derecho, que establece el art. 45 de la Carta a favor de que cualquier ciudadano de la Unión, a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros está sujeto a las disposiciones de los Tratados que regulan y condicionan dicha libertad.
Por lo tanto, tendremos que acudir al Capítulo I del Título IV del Tratado que regula el funcionamiento de la Unión Europea (antiguo Tratado CE) donde se recogen las disposiciones sobre libre circulación de personas. Lo que no ha cambiado tras el Tratado de Lisboa es que el ejercicio de la libre circulación de personas dentro de la Unión Europea, sigue estando limitado al ejercicio de una actividad económica. Así sólo pueden ejercer este derecho los trabajadores (incluidos los que se desplazan en la búsqueda de un empleo) –arts. 45 a 48- y las personas que se establecen en otro Estado miembro en el ejercicio de una actividad profesional –arts. 49 a 55-. Sin olvidar los desplazamiento que se acogen en el marco de una prestación de servicios –arts. 56 a 62- como, por ejemplo, cuando vamos a hacer turismo en un Estado miembro. Además de estas situaciones la unión reguló mediante Directivas la libre circulación de estudiantes, jubilados y rentistas.
Además de que el ejercicio de la libre circulación de personas y el derecho de residencia está limitado pues a ejercer una actividad económica o a tener medios demostrables de subsistencia, los Estados miembros podrán limitar su ejercicio por razones de orden público, seguridad y salud públicas, conceptos éstos sujetos al control judicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y no al libre albedrío de los Estados miembros.
Así pues, con este contexto legal y, según las leyes de extranjería de los Estados miembros, los ciudadanos europeos que se desplazan a otro Estado miembro y no ejercen una actividad económica o no están amparados en las mencionadas directivas no tienen derecho a la residencia, más todavía, si generan situaciones contrarias al orden público y a la seguridad o salud públicas.
Con este marco legal, los Estados tienen prohibido por el art. 19 de la Carta las expulsiones colectivas y toda discriminación por orígenes étnicos (art. 21).
Francia niega que esté haciendo expulsiones colectivas, por lo que corresponderá a la Comisión certificar que se están siguiendo procedimientos individuales y que respetan los derechos de recurso de los afectados, además, de que el control de las autoridades francesas se ejerce sin violar la discriminación étnica. En última instancia, si la Comisión decide actuar, corresponderá decidir al Tribunal de Justicia la conformidad al Derecho de la Unión de las mencionadas expulsiones. Aunque, para cuando resuelva el Tribunal, ya no queden ciudadanos romaníes en Francia.
Al comienzo de esta reflexión hablaba de consideraciones políticas y jurídicas, pero tal vez sea, también, un buen momento el tener en cuenta los principios que han inspirado nuestra cultura tras la Revolución Francesa. Paradigma, pues, que los impulsores de una Nación de ciudadanos donde la Libertad, la Igualdad y la Fraternidad deberían inspirar la convivencia de personas -sin atender a su credo, etnia u origen- hoy planteen su expulsión, en vez de trabajar en medidas de integración.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Europa necesita un Presidente


"Usted -dirigiéndose al Presidente de la Comisión José Manuel Durao Barroso- es el presidente ausente de una Europa que necesita un presidente", éstas duras palabras del portavoz de los verdes en el Parlamento Europeo, Daniel Cohn-Bendit, son un puro reflejo de la falta de liderazgo y, en suma, de la falta de poder de las instituciones europeas. Fue brillante, la crítica que realizó Cohn-Bendit ayer - durante el debate del estado de la Unión 2010-, como lo fue su discurso de mayo de este año sobre el rescate económico en Grecia. Es un lujo poder sentir el debate político como él lo siente, con la pasión, arrojo y claridad que emite. Pocos políticos tiene Europa que puedan hablar así y, si tienen dudas, vean su exposición de mayo.
La acusación dirigida a Barroso, no es baldía, es una acusación dirigida a todo el sistema. Ni el Presidente de de la Comisión ejerce un poder de actuación en una Europa limitada, ni el ausente Presidente del Consejo Europeo arrolla en sus actuaciones.
Ayer el Presidente Barroso volvió a dejar en entredicho la política exterior europea, ante la ausencia de una acción única y comprometida por todos los Estados miembros. Omitió críticas y acciones a Francia, demandadas porteriormente por el Pleno del Parlamento Europeo. La obligación de la Comisión es velar por el cumplimiento del derecho comunitario, mientras Francia anuncia reformas en su ley de extanjería para facilitar las expulsiones.
Que Europa necesita un Presidente, es una terrible evidencia. En la actualidad el Presidente del Consejo Europeo ejerce un rol de Presidente político, mientras que el de la Comisión tiene un papel más ejecutivo. Pero el poder sigue estando en el Consejo Europeo. Y, aunque el Tratado de Lisboa instaurara la figura del Presidente permanente del Consejo Europeo, el poder sigue estando en los Estados miembros y en la burocracia de sus presidencias rotatorias. Presidencias sujetas a situaciones tan peculiares como la catastrófica que sigue viviendo la actual presidencia belga, con un Gobierno provisional y con muy pocas posibilidades de que llegue a diciembre con un Gobierno resultante de sus elecciones de hace tres meses.
Europa no puede depender de las incapacidades de sus Estados y de sus líderes nacionales, por ello -como bien señalaba el eurodiputado ecologista-, no sólo está ausente el Presidente de la Comisión sino, también, el del Consejo y hoy, más que nunca, Europa necesita un Presidente.

viernes, 3 de septiembre de 2010

iPad para Directivos



Hace unos días me pedían consejo sobre el uso del iPad para Directivos. La primera cuestión que se debe hacer el potencial usuario de iPad es, hoy por hoy, si su trabajo habitual le obliga a producir documentos constantemente o, por el contrario, el core de su labor es más de control y de visualización de reportes. Más aún, si en los viajes necesita producir información en PowerPoint, Excel,…. o, simplemente, se dedica a tomar unas notas, escribir correos y controlar reportes. También tendrá que valorar si los reportes que recibe son complejas hojas Excel llenas de datos y con tamaños infinitos.
Si las respuestas se acercan más a una función de control, de recepción de información para validar y, en el caso de ser a través de hojas Excel, éstas son cuadros resúmenes sencillos, podríamos afirmar que el iPad puede ser un gadget ideal para este perfil de Directivos.
Sustituir el más ligero de los portátiles por un iPad es una mejora en sí misma y, ya no digo el poder abandonar las micro pantallas de las Blackberrys, móviles e, incluso, iPhones, por la del iPad, donde el correo, los documentos Word, PowerPoint e, incluso, Excel poco pesadas, se pueden visualizar perfectamente. Sin olvidar, la navegación por internet, donde la pantalla del iPad es idónea para visualizar todo tipo de webs y tener la información económica, financiera y política del mundo al momento.
Básicamente, pues, la lectura del correo electrónico, los informes de documentos en Word, Pdf, PowerPoint, Excel, son idóneos en este soporte.
El Directivo puede tener acceso on-line a sus archivos a través de internet (según los sistemas propios de cada empresa) o utilizar aplicaciones tipo Dropbox desde cualquier lugar del mundo donde tenga una conexión Wifi o una conexión 3G (según como tenga negociado con sus operadores telefónicos).
Con iPad y con la clave correspondiente podrá incluso, hacer sus presentaciones en público conectando el gadget al cañón.
Con aplicaciones como Pages podrá tomar notas de sus reuniones y, si lo considera oportuno, con SoundNote puede grabar las reuniones al mismo tiempo que toma sus notas, dibuja un gráfico, pudiendo al final de la reunión enviar el audio de la reunión y/o las notas por correo electrónico.
A través de Skype puede llegar a montar una reunión telefónica con altavoz con varios contertulios de cualquier parte del mundo.
Habrá un día en que solicite los pesados reportes de muchísimas páginas en formato epub (libro electrónico) para una lectura más ágil a través de iBooks u otra aplicación reader .
Y, si su compañía tuviera un app con acceso restringido a su cuadro de mandos, podría conocer de forma inmediata los resultados diarios en un formato sencillo y con acceso a diferentes análisis.
Si el Directivo, además, considera las redes sociales como parte de su imagen externa, con iPad podrá manejar todas ellas, además de transmitir una imagen moderna de sí mismo y de su empresa por el empleo de herramientas de última generación ante sus clientes y partners.
Ha llegado la hora de viajar ligero y de estar conectado con el negocio y con el mundo, sin duda¡¡¡

miércoles, 11 de agosto de 2010

Reflexiones sobre "Un día de cólera", de Arturo Pérez-Reverte


El 2 de Mayo de 1808 es una de las fechas grandes de la Historia de España, el pueblo de Madrid se alza en armas contra invasión Napoleónica. “Un día de cólera” narra los hechos de esta sublevación, de tal forma, que hay momentos en los que el lector pude sentir estar presenciando los hechos -como si una cápsula del tiempo nos trasladara-, y vivirlos en primera persona, siendo uno más de los madrileños y de los españoles residentes en Madrid que llenó las calles para enfrentarse a las tropas francesas.
Madrid amaneció ese 2 de mayo poblado de héroes anónimos, héroes que en semejante tumulto podrían pasar como héroes desconocidos. Bien, en la obra de Pérez-Reverte, éstos héroes toman nombre, oficio y hasta domicilio. El trabajo de documentación de la obra es excepcional para reconocer entre los ciudadanos que murieron en la lid o ante los arcabuces franceses fusilados la noche del 2 de mayo, entre los que cayeron heridos o, los más afortunados, entre los que sobrevivieron a antepasados que glorificaron aquella mañana de mayo el amor de la Patria. Héroes de la intrahistoria que hicieron Historia, Héroes cotidianos que una mañana de primavera decidieron pasar del concepto de héroe que hoy nos propone Pilar Jericó al concepto eterno de los que entran en el Olimpo.
Una de las palabras más mencionadas en la obra y más en desuso en la actualidad es Patria. En estos últimos treinta años la palabra Patria parece haber caído en el olvido, incluso, en lo políticamente correcto. Tal vez sea por el exceso uso que hizo de ella el Franquismo que hasta ha habido voces para eliminarla del lema de la Guardia Civil, dejando el “todo por la Patria” en un vacío incomprensible. Tras la lectura de “Un día de cólera” me reivindico en su uso y empleo, más cuando hace unos meses, releyendo los diarios de clase de mi bisabuelo, Maestro Nacional de Carcastillo (Navarra) en la España de 1918, comprobé como el vocablo Patria era cotidiano y propiedad del pueblo.
En el Madrid del 2 de Mayo se generaron liderazgos espontáneos entre el pueblo y entre los pocos militares que tuvieron el valor y coraje de violar las órdenes de connivencia con el Ejercito francés,destacaron los capitanes Daoiz y Velarde. Ambos pasaron a la Historia siendo un símbolo del levantamiento popular. Su particular historia, recogida en la obra estremece hasta el final. Daoiz, sevillano descendiente de una familia de militares cuya cuna de origen está en la localidad navarra de Aoiz, y el cántabro Velarde, tomaron el parque de Monteleón, armaron al pueblo e hicieron una defensa histórica del parque de la armería con un puñado de soldados y cientos de hombres y mujeres. Juntos hicieron frente al Ejército más poderoso del mundo de la época. La descripción que hace Pérez-Reverte de la defensa de Monteleón es vibrante, lo es todo el libro, pero este episodio en particular.
Todos deberíamos leer “Un día de cólera” con el ánimo de reencontrarnos con los valores que unen nuestra convivencia, ver como hombres y mujeres, zapateros, criados, panaderos, orfebres, pastores, abogados, y tantas y tantas profesiones mencionadas en todo el libro, dejan su vida cotidiana para luchar contra un enemigo invasor a riesgo de perder la vida, salir herido o terminar mutilado. Tal vez, lo único que nos una a los españoles es tener un enemigo común, triste no?
PD.: A modo de epílogo, Arturo Pérez-Reverte pone en boca del teniente de artillería Rafael de Arango, superviviente de la defensa del parque de Monteleón, una frase lapidaria: “Por un momento parecíamos una nación… Una nación orgullosa e indomable”. Doscientos años más tarde dudamos si somos una nación, pero nos sentimos orgullosos e indomables porque nuestra selección gane el Mundial de fútbol. Algo ha cambiado en nuestra vidas, si los héroes del 2 de mayo levantaran la cabeza…..

miércoles, 28 de julio de 2010

¿Te llevarías el iPad de vacaciones?


Ya son varios los post que he leído en algunos blog cuestionándose si es conveniente llevarse el iPad en vacaciones. Ante tanto comentario teórico, solo cabe una respuesta: yo ya me lo llevé y no sabes que útil fue.
En primer lugar, el iPad sustituyó a los reproductores de películas. Eso sí, tuve que pasar los formatos de las películas que te bajas de internet a air video, y convertirlos en formato que luego lo puedes cargar directamente en tus películas del iPad. Así que viajamos oyendo a Bob Esponja, princesas y demás dibujos animados. Dada la gran capacidad de la batería del iPad, te empiezas a olvidar de estar recargando los "viejos" aparatos de DVD.

En la zona WiFi del hotel coincidmos cuatro o cinco personas con iPad, por lo que está claro que más de uno contestaría afirmativamente a la pregunta del titular. Revisar el correo, navegar por internet, buscar restaurantes o rutas de visitas, estaban a la mano en un instante, además de mantener las cuentas de Facebook y Twiter.

Algunas guías de viajes como las de Lonely Planet tienen mapas interactivos para localizar restaurantes, bares de copas, restauranes...., además de la información turística de la ciudad que visitamos.

Haay quien ya se plantea como sacrilegio llevarse el iPad a la playa, pero os puedo asegurar que sentado en la tumbona o la silla de rigor y bajo una buena sombrilla, leer El Mundo en orbyt, las noticias en internet o uno de los libros cargados en epub no dejaba de ser un gusto. Eso sí, con atención a evitar que la peligrosa arena le atacara y que algún amigo de lo ajeno se apropiara de él.

Además, compró mi señora un bolso tamaño iPad, perfecto para sacarlo por las noches y que las niñas recurrieran al Bob Esponja u otro dibujo animado cuando correspondiera.

Gracias al iPad, disfrutamos del post-partido de la final del mundial conectados a www.iphone.tv y, por supuesto, junto a las copas de celebración brindamos, también, del beso de Iker a la Carbonero.

Eché de menos no tener el cable para pasar las fotos al iPad y así poder disfrutar mejor de los reportajes fotográficos en el momento.

En suma, el iPad, es más portable, más manejable que llevarse un portátil o, incluso, un net-book. Te da acceso a toda la información a la que estás acostumbrado, te mantiene comunicado con los amigos de tus diferentes redes sociales, de tus correos electrónicos y, ademas, cargas con los libros y las películas sin ocuparte más espacio. ¿Alguien duda en llevarse el iPad de vacaciones?