jueves, 7 de noviembre de 2013

10 Consecuencias de la elección del Presidente de la Comisión por los ciudadanos europeos



Martin Shulz Fuente: Parlamento Europeo
  En abril de este año, la Comisión europea avanzaba en un comunicado la oportunidad de que en la próxima convocatoria a las elecciones al Parlamento Europeo, en el 2014, fueran los ciudadanos de la Unión los que eligieran al Presidente de la Comisión, a través de sus votos a las candidaturas presentadas a dichas elecciones. La propuesta de la Comisión -que era un reclamo desde hace tres años en este blog- ha calado en algunos grupos políticos europeos como los socialistas que acaban de anunciar su candidato. Martin Shulz, actual Presidente del Parlamento Europeo,será el candidato socialista a la presidencia de la Comisión.

El resto de los grupos ha comenzado a barajar nombres pudiendo suponer un cambio transcendental en la arquitectura de instituciones europeas y en la dinámica de los partidos políticos europeos. Sus consecuencias van a ir más lejos de un mero nombramiento de candidatos.

1. Elección de líderes europeos por los partidos políticos europeos.

El liderazgo de los políticos europeos se ha ejercido desde los propios Estados, su peso internacional ha venido dado por su actuación en la vida pública europea e internacional.
Por primera vez en la historia, los partidos políticos europeos va a decidir un liderazgo previo a una designación de los Estados miembros. Lo que hoy es una decisión de consenso, en un futuro podrá llevar a movimientos, a corrientes de liderazgo dentro de los partidos a nivel europeo para conseguir ser candidatos.

2. Los partidos políticos deberán tener una mayor estructura a nivel europeo

Este era uno de los objetivos de los Tratados, la creación y fortalecimiento de auténticos partidos políticos europeos y no una suma de fuerzas políticas nacionales. Esto requiere una mayor integración política de los partidos, un reto que tiene que superar nacionalismos, personalidades… y romper una barrera en la forma de hacer política en Europa.

3. Necesidad de definir un programa electoral en clave europea

Uno de los mayores caos que presentaban las elecciones europeas era la falta de un programa político claro por parte de cada partido político. El candidato a Presidente deberá fijar cuál es su plan de actuación en la Comisión en los próximos 5 años, cuáles son sus objetivos. Lo cual va a quebrar con el peso institucional que representa el Consejo Europeo y el Consejo de Ministros. El candidato vencedor contará con el respaldo del Parlamento Europeo y podrá dejar de ser una marioneta de los Estados miembros y de las Instituciones en las que estos están exclusivamente representados.

4. Fin de los discursos nacionales y del aldeanismo político

Con un poco de suerte, los candidatos nacionales de cada partido discutirán en clave europea y conforme al programa del candidato a la presidencia. Así, nos podremos ahorrar bochornosos debates en los que terminan enzarzándose en problemas y cuestiones nacionales o en materias en las que ni el Parlamento Europeo ni la Comisión Europea son competentes para legislar (reforma fiscal, terrorismo, reforma de los Tratados, Política exterior…). Solo tenéis que ir a la hemeroteca para ver los que debatieron los últimos candidatos nacionales en las pasadas elecciones europeas.

5. Pérdida del poder de los Estados Miembros a favor de los ciudadanos europeos

Los Estados miembros tienen el monopolio en la designación de nombramientos de todas las Instituciones europeas, salvo el Parlamento Europeo. Aunque tendrán que dar su consentimiento a la elección del candidato elegido a la presidencia de la Comisión,  no podrán vetar el nombramiento de un Presidente elegido por los ciudadanos de la Unión.

6. Una reforma de los Tratados por la vía de los hechos

Ese consentimiento del Estados miembro en el cambio de designación del Presidente de la Comisión va a suponer una revolución institucional no controlada. Técnicamente, para no reformar los Tratados, los Estados miembros tendrán que proponer como Presidente de la Comisión al candidato del partido político más votado. Esto supondrá no poder negociar nombres, vetar candidatos e imponer perfiles por intereses franco alemanes.

7. Un futuro cambio en la elección de los miembros de las próximas comisiones

Lo que se va a encontrar el próximo Presidente de la Comisión es con una de las paradojas políticas más kafkianas. Su gobierno (el resto de los comisarios) no lo va a designar él. Los comisarios los van a proponer los Estados Miembros y, para remate, serán de la ideología del partido que gobierne en cada Estado. ¿Cómo va aplicar su programa con un equipo designado por otros y con ideologías no afines? Así, que lo primero que debería proponer para las elecciones del 2019 es que cada candidato a la presidencia de la Comisión presente la lista de comisarios con los que va a ejercer su mandato. Puro sentido común.

8. ¿y el Ato Representante?

¿Seguirá siendo el nombramiento una competencia de los Estados Miembros? ¿Tendrá que ser ideológicamente del partido político de la principal oposición en el parlamento Europeo?

9. El embrión de un verdadero Gobierno de la UE

La elección de la Comisión al completo por los ciudadanos tendría consecuencias de ruptura radical con el modelo actual. El gobierno de la UE -la Comisión- sería elegido por los ciudadanos europeos, actuaría bajo el programa electoral por el que ha sido elegido por los ciudadanos y con una composición monocolor. Vamos lo más parecido a un Gobierno Federal….

10. Progresiva pérdida de poder de los Estados miembros

Si  la Comisión resulta ser el gobierno designado por los ciudadanos, el déficit democrático existente en la UE comenzaría a corregirse y, paulatinamente, el gobierno de la Unión debería estar menos sujeto a los Estados miembros e impulsar el proyecto europeo hacia una verdadera Unión Política. Para lo cual, los partidos políticos tienen que asumir su rol de liderar Europa, para lo cual, los políticos europeos deben asumir liderar Europa desde Europa, no desde los Estados miembros. ¿Serán capaces de ello?

lunes, 16 de septiembre de 2013

La influencia de las nuevas tecnologías en la abogacía

(Artículo publicado en el núm. 2 de la Revista Lawyer de Perú http://revistalawyer.com)

La profesión de abogado puede ser identificada con elemento clásicos y tradicionales, su imagen está unida a grandes volúmenes de tomos presentes en los despachos de abogados y de mantener un formalismo muy clásico (léase vestimenta en pleitos, salas de justicia, etc..).
En los últimos veinte años esta imagen clasicista está sufriendo una transformación vertiginosa, donde las nuevas tecnologías han influido de manera radical en el ejercicio de la profesión. La forma de tratar los asuntos jurídicos, la documentación jurídica, la gestión de dichos asuntos, las relaciones con los clientes, la comunicación con la administración de justicia, la gestión del despacho, la presencia en medios y el marketing de la firma se han visto influenciados por la aparición y consolidación de nuevas herramientas informáticas. Los despachos del Siglo XXI no se conciben sin la informática, la evolución de los profesionales en dos décadas ha sido vertiginosa y me atrevería a decir que la profesión de abogado ha pasado a ser una de las más tecnológicas en el comienzo de este Siglo.

La documentación jurídica.
Una de las primeras herramientas que comenzaron a cambiar la profesión fue la aparición de bases de datos jurídicas a finales de los años ochenta. Si bien durante los primeros años se consultaban a través de CD’s, a mitades de los noventa pasaron, dado el aumento progresivo del volumen de la información a DVD’s y al albor del nuevo Siglo los servicios pasaron a ser on-line a través de Internet.
Las bases de datos jurídicas tuvieron mucho beneficios que los abogados rápidamente supimos ver. Aumentaba nuestra competitividad y nuestra productividad. El acceso a la información jurídica era mucho más rápida y las posibilidades de encontrar la sentencia o la norma que mejor solución diera a nuestro asunto nos hacía estar mejor posicionados. El tiempo empezó a ser valorado como una herramienta diferencial. Les diré que la facturación de las editoriales jurídicas en esos años se transformó considerablemente.  De tener el papel un peso del 100% sobre su facturación a mediados de los ochenta, este medio ha pasado a ser un 5-10% en beneficio de los productos informáticos.
Además, durante los últimos años han ido apareciendo muchísimas webs, institucionales o privadas,  con un gran número de contenido jurídico: desde las que sirven legislación y jurisprudencia, hasta las que analizan asuntos jurídicos y las que  publican artículos doctrinales y de  opinión.

El libro electrónico
Si bien el éxito de las bases de datos jurídicas fue arrollador, no lo ha sido tanto la presencia del libro electrónico en los despachos de abogados. Recuerdo alguna prueba piloto con lectores de Sony en 1992 pero que nunca llegaron a tener éxito. EL problema no estaba en los libros, ni en los contenidos (al igual que sucede con el resto de los libros), el problema radicaba en la falta de un soporte exitoso que garantizara la presencia electrónica del libro.
Desde el lanzamiento del iPad en el año 2010, la presencia de contenidos jurídicos que tradicionalmente se comercializaban como libros físicos, ha comenzado a cambiar.
A través de las tablets podemos consultar códigos normativos e, incluso, libros doctrinales. Ya verán como dentro de unos meses podremos llevar todas nuestras estanterías de libros de consulta en nuestra tablet o, como a través de nuestra tablet, vía Internet, podremos consultar fondos inmensos de libros jurídicos.

La gestión de asuntos jurídicos.
Conforme las máquinas de escribir fueron perdiendo su utilidad y los ordenadores se impusieron como herramienta de trabajo, los abogados comenzábamos a tener un problema de orden y de archivo. Los expedientes no sólo se archivaban físicamente, sino también electrónicamente. La gestión de los asuntos pasó a tener carpetas virtuales y comenzaron a aparecer un sinfín de programas de gestión de despachos. Básicamente si un abogado tenía un hijo o un sobrino que había estudiado informática, comenzaba a fabricarse ad hoc su primer programa de gestión. Si éste le iba bien,  trataba de vendérselo a sus compañeros juristas bien directamente, bien a través del Colegio de Abogados. Así nacieron las primeras empresas del software de gestión de despachos que conforme han pasado los años se han consolidados en unas pocas con éxito.
Con ello, la productividad aumentaba y se podía  gestionar la agenda, la facturación y el control de los asuntos que entraban en nuestro despacho. No obstante, había una barrera cultural. Los programas de gestión del despacho “obligan” a establecer un proceso unificado conforme a un modelo establecido. La anarquía en trabajo de muchos profesionales llevó a que en algunos despachos colectivos  la implantación de modelos uniformes no tuviera éxito.

La gestión documental. La gestión del conocimiento.
Una de las consecuencias que tenía una buena gestión de asuntos era la accesibilidad al conocimiento, a los documentos de todos los profesionales que participan del despacho. El valor de la información generada por el propio despacho supera, con creces, los innumerables productos de formularios y modelos que ofrecen las editoriales jurídicas.
Así que surgió la necesidad de digitalizar los archivos del despacho y clasificarlos conforme a software de gestión de asuntos jurídicos. La existencia de una copia digital facilita el acceso a la información generada por el propio despacho, a la experiencia realizada y, en suma, a fortalecer el conocimiento colectivo.
También, grandes despachos crearon el área de gestión del conocimiento, al que le correspondía gestionar la biblioteca del despacho e informar de las novedades a todos los miembros del despacho.

La comunicación con la administración de justicia.
En paralelo, se realiza la informatización en la administración de justicia y surge la necesidad de comunicar abogados y Tribunales. Aquí se abre un mundo sin límites: desde la presentación de documentos con firma electrónica a los Tribunales, los procedimientos electrónicos en sedes judiciales (como el Tribunal de Comercio en Argentina), la posibilidad que acceso a toda la documentación de un pleito -demanda, escritos de las partes, del Tribunal, videos, sentencias- (como en EE.UU)…
Embrionaria en muchos países, avanzada en otros, la tecnología empieza a estar presente en Salas de Justicia: videoconferencias, abogados y jueces con portátiles y tablets, simuladores de accidentes virtuales, grabación de las vistas…

El cliente. El Marketing jurídico.
Todo este proceso de informatización alcanza su éxito cuando incorporamos al cliente. A través de extranet podemos facilitar a los clientes a conocer el status de sus expedientes y tenerlo permanentemente informado.
 La comunicación por diferentes medios -correos electrónicos, webs corporativas, blogs profesionales, presencia en redes sociales…- nos permiten interactuar con nuestros clientes, actuales o potenciales.
Muchos despachos han superado las webs corporativas para ofrecer servicios on-line de consultas, formación, etc... Hay despachos que permiten descargarse un app específico para tabletas de Apple o Androide.
Asimismo, son innumerables las webs que han aparecido en todo el mundo ofreciendo directorios de abogados que facilitan la conexión entre clientes y abogados. El posicionamiento de los despachos en dichas webs cobra una importancia, más -cuando algunas de ellas- establecen rankings públicos de los despachos
.
La gestión de la marca.
En suma, la imagen de marca de los despachos no sólo ha idos creciendo por las interminables fusiones de las grandes firmas. El prestigio del abogado es una clave importantísima para la captación de clientes.
La gestión de la idea de marca ha ido en aumento cuanto más se han liberalizado las normas de publicidad de los diferentes Colegios de abogados. Internet ha creado importantes mecanismos de notoriedad: web corporativa, blogs jurídicos, presencia en redes sociales…

Reflexión final.
Si después de leer estas líneas, consideran que no se han subido, todavía, al tren de la tecnología, no duden en hacerlo ya. La esencia de nuestro saber es lo que no ha cambiado.


jueves, 28 de marzo de 2013

Un Viernes Santo de 1973

Los recuerdos de infancia, unas veces son vagos, otras imprecisos y, en ocasiones, inolvidables.

Entre estos últimos, recuerdo un Viernes Santo de 1973, hace ya cuarenta años..., cuando un niño de ocho años se levanta con la alegría propia de estar de vacaciones y levanta la voz en su casa cantando la canción de moda de la época.

Lo que, aparentemente, no deja de ser una chiquillada, en aquél momento me llevo una reprimenda incomprensible por mi, entonces, y que, aún hoy, cuesta asimilar.

La solemnidad de la Semana Santa, la religiosidad de la época y el Régimen dictatorial -a pesar de estar en sus últimos coletazos- imponían un respeto tal que la única música admitida era la sacra o la militar, tal y como se imponía en las radios del momento.

Así pues, cuarenta años después un Viernes Santo reviste la solemnidad que cada uno quiera darle: religioso, folklórico, turístico, familiar, agnóstico, ateo o, simplemente, vacacional.

O como señala la nueva legislación belga para el calendario escolar, las vacaciones de Semana Santa dejan de tener este rancio nombre para ser vacaciones de Primavera.

Y dirán que yo sueno a rancio, pero lo que me ha parecido rancio ha sido ver a un musulmán en el supermercado recordándoles a dos niños -que no eran sus hijos- la importancia de la oración en un adoctrinamiento propio de otras épocas.

Y como hay cosas que parecen que son de sociedades de hace más de cuarenta años, me han venido recuerdos de mi infancia, aunque les pueda parecer un poco rancio.

viernes, 15 de marzo de 2013

Responsables y responsabilidades de la Sentencia de desahucios del TJUE


Ayer el TJUE emitía una importante sentencia en la que se declaraba incompatible con el derecho de la Unión una normativa nacional que no permite que el juez que conozca del proceso declarativo, competente para apreciar el carácter abusivo de cláusula contractual, adopte medidas cautelares, entre ellas, en particular, la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria, cuando acordar tales medidas sea necesario para garantizar la plena eficacia de su decisión final.

Inmediatamente, los afectados, los partidos, los políticos, los medios… cargaron la responsabilidad al actual Gobierno. Es cierto que es al Gobierno a quien le corresponde promover lo más rápido posible la adecuación del Derecho nacional al derecho europeo, pero la responsabilidad de la Sentencia dictada por el TJUE es múltiple.

1.- La responsabilidad del Gobierno de la Nación

 Y hablo de Gobierno en genérico, no del Gobierno del Partido Popular en particular porque sea el que dirige el actual Gobierno, ni del Gobierno del PSOE que era el que dirigía el Gobierno en el momento en el que se produjo el desahucio del caso juzgado por el TJUE.

Es al Gobierno al que le corresponde impulsar que la legislación nacional se adapte a las normas europeas. Así por tanto el primer responsable no es otro que el Gobierno al que le correspondió adapta al derecho interno la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Los Estados tuvieron hasta 31 de diciembre de 1994 para adaptar su legislación interna. En Derecho español, la protección de los consumidores contra las cláusulas abusivas estaba garantizada inicialmente por la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE nº 176, de 24 de julio de 1984, p. 21686). Posteriormente fue modificada por la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación (BOE nº 89, de 14 de abril de 1998, p. 12304), que adaptó el Derecho interno a la Directiva. Por último, mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE nº 287, de 30 de noviembre de 2007, p. 49181), se estableció el texto refundido de la Ley 26/1984, con sus sucesivas modificaciones.

Además es preciso recordar que mediante Sentencia de 9-9-2004 el TJUE condenó a España por al no haber adaptado correctamente su Derecho interno a los artículos 5 y 6, apartado 2, de Directiva 93/13/CEE.

La responsabilidad del Gobierno alcanza en presentar los proyecto de Ley necesarios y, evidentemente, completos en la transposición del Derecho europeo al Derecho nacional y, visto lo que antecede, todos los Gobiernos desde 1994 son responsables de ello.

2.- La responsabilidad de las Cortes Generales

Corresponde a las Cortes Generales, Congreso y Senado, aprobar las Leyes tal y como establece nuestra Constitución en esta medida son los responsables de adaptar la legislación europea en forma y plazo. Está claro, que esto no se hizo así visto el proceso de adaptación interno de la Directiva. En esta tarea son responsables todos los Diputados y Diputadas, Senadores y Senadoras, sean del partido que sea e, independientemente, de quien Gobierne. Ayer en sus críticas interesadas al Gobiernos, mucho olvidaron esto, olvidaron que su partido también estuvo en el Gobierno y olvidaron que como legisladores les corresponde enmendar los errores y las lagunas que en el procedimiento legislativo puedan existir para adaptar la normativa nacional a la europea.

Desde 1994 ninguno de nuestros legisladores apreció la incompatibilidad declarada ayer por el TJUE. Eso es lo que se les pide a los legisladores, cumplir con su labor correctamente y no distraerse en la crítica política, por no hablar de bostezos, sueños, y otras actividades durante su actividad parlamentaria. ¿Dónde estaba su actual sensibilidad con los desahuciados cuando le tocó legislar?

3.- La responsabilidad de nuestro sistema judicial

Es doctrina del TJUE (asunto Simmental) que el juez nacional como juez comunitario tiene que aplicar el Derecho de la UE y, llegado el caso de tener dudas sobre la interpretación de éste o legalidad de la norma nacional, plantear la correspondiente cuestión prejudicial al tribunal de Justicia de la UE. Como se puede apreciar en el gráfico adjunto, España es el Estado que menos cuestiones prejudiciales ha presentado entre los Estados de su tamaño o tradición jurídica desde 1986 (ver Informe anual del TJUE de 2011).

Elaboración propia. Fuente; Informe Anual 2011 TJUE
No es desconocida la práctica de nuestros Jueces y Tribunales a evitar el planteamiento de las Cuestiones prejudiciales, una vez sugeridas por los abogados. Aunque también es cierto que, esta tendencia, ha cambiado en los últimos cinco años. Así en este período se han presentado un tercio de las cuestiones prejudiciales que el TJUE ha conocido desde 1986. Pero aun así, en un número muy inferior a Francia, Italia, Bélgica o Alemania (ver Informe anual del TJUE de 2011).

No se trata de que nuestros Jueces y Magistrados estén en una carrera por superar la estadística de otros Estados miembros, pero en un país que se emiten las de un millón de sentencias anuales, llama la atención el escaso número de cuestiones prejudiciales planteadas. Más si acudiendo a la estadística judicial del TJUE vemos que  España es junto con Italia y detrás de Grecia, el segundo Estado de la UE contra el que más recursos de incumplimiento ha presentado la Comisión europea ante el TJUE en el período 2007-2011.

Y hay que reconocer que el aumento de cuestiones prejudiciales, viene de una lado de la mayor formación de nuestros Jueces y Magistrados en el Derecho europeo, así como de nuestros abogados y en la responsabilidad que han asumido las primeras instancias en presentar dichas cuestiones dada la pasividad de instancias superiores. Porque hay que recordar que según el Tratado de la UE, es la última instancia la obligada en presentarla cuando existan dudas interpretativas o de aplicación del Derecho de la UE.

¿Qué sucede con los asuntos anteriores a esta Sentencia del TJUE y que ya están resueltos? Determinados sectores pedían un cambio legislativo que con efectos retroactivos. El Derecho de la UE, estableció el principio de responsabilidad del Estado Miembro en caso de incumplimiento del Derecho europeo. Corresponderá analizar a los compañeros abogados si esta es una vía de cara a exigir indemnizaciones del Estado como Estado incumplidor en la aplicación del derecho europeo.

4.- La responsabilidad del cuarto poder, de la prensa y los medios de comunicación

La prensa y los medios de comunicación se aventuraron a inculpar par al Gobierno del PP, creo que hemos visto que la responsabilidad va más de este Gobierno.

Se aventuraron a generar una expectativa infundada a los afectados con titulares que daban a entender que todo el sistema de desahucios era ilegal y hay que agradecer a compañeros y compañeras abogados como Ruth Benito Martin @ruthbenitoabog, Pablo San Juan García @pasangar, Fernando Gomá @FGomaL, entre otros que, a través de sus cuentas en Twitter, precisaron el alcance de la Sentencia.

Una vez más, y ante un tema de tanta sensibilidad social, determinados medios fueron imprecisos en el alcance y contenido de la resolución judicial y por otro lado partidistas a la hora de buscar culpables. Responsable es, en mi opinión, todo el aparato del Estado, pasado y presente, cuando no garantiza los derechos del ciudadano establecidos en una norma.

PD. Las referencias al desahucios en el titular y en el contenido se hace en referencia a la popularización de la sentencia, bien entendido como señalo en el párrafo primero que hablamos de ejecuciones hipotecarias.

jueves, 14 de marzo de 2013

Primeros pasos de democratización de la Comisión europea


Varios han sido los post que desde este blog reclamaban la democratización de la elección de los cargos y dirigentes en las Instituciones europeas. El más directo fue el titulado “yo quiero elegir al presidente de la UE” en el que revindicaba el derecho que deberíamos tener los ciudadanos europeos a elegir a nuestros dirigentes, no sólo al Presidente del Consejo Europeo, sino, también, al Presidente de la Comisión, a los Comisarios,... en detrimento del poder absoluto que ejercen los Estados miembros de la Unión Europea.

Es más, este derecho no sólo es una reivindicación como ciudadano de la Unión, sino que es un derecho enmarcado en dentro de nuestros derechos de participación política. Si son los partidos políticos europeos los que eligen a sus candidatos, serán sus afiliados o sus representantes quienes los designen.

La Comisión europea publicó el 12 de marzo de 2013 un comunicado de prensa en el que la Comisión europea recomienda que sean los partidos políticos europeos quienes designen un candidato a la Presidencia de la Comisión y no los Estados miembros.

La recomendación es consecuencia de ciertas valoraciones consecuentes a una encuesta realizada por el Eurobarómetro de cara a incrementar la participación de los ciudadanos en las elecciones europeas, en la que se concluye que “el 84 % de los ciudadanos considera que el índice de participación en las elecciones europeas aumentaría en el caso de que se dispusiera de más información sobre el impacto que la UE tiene en su vida cotidiana, sobre los programas de los partidos representados en el Parlamento y sobre las propias elecciones. El 73 % estima que disponer de más información sobre la afiliación política europea de los candidatos animaría a los ciudadanos a votar, mientras que el 62 % estima que contar con candidatos a la Presidencia de la Comisión y un mismo día de votación en todos los Estados podría ayudar a aumentar la participación”.

Siendo el 2013 el Año Europeo de los Ciudadanos, la comisión aprovecha esta circunstancia para presentar esta recomendación a los Estados miembros, que al no ser vinculante, tendrán que valorar y aceptar. Teniendo que cuenta que, en puridad, los representantes de los Estados miembros son, al mismo tiempo, juez y parte de esta recomendación, ésta no debería caer en saco roto. Y digo juez y parte porque, los máximos líderes europeos presentes en el Consejo europeo son los Presidentes o Secretarios Generales de sus partidos políticos a nivel nacional.

Las recomendaciones de la Comisión para las próximas elecciones al Parlamento Europeo a celebrar en el 2014 van orientadas a “reforzar el vínculo entre los ciudadanos y la UE” y las concreta en:

·                    Antes y durante las elecciones, los partidos políticos nacionales deben precisar a qué partido político europeo están afiliados;

·                    Los Estados miembros deben ponerse de acuerdo en un día para las elecciones europeas que sea el mismo para todos;

·                    Los partidos políticos deben dar a conocer qué candidato a presidente de la Comisión Europea apoyan;

·                    Los partidos nacionales deben informar a los electores durante la campaña sobre su candidato a presidente de la Comisión.

La recomendación es un paso importante, ya que supondrá conocer de antemano al candidato a Presidente de la Comisión, supondrá que el partido que avala al candidato tendrá que presentar a los ciudadanos un programa de gobierno común a todos los Estados miembros y no la cantidad de propuestas locales, nacionales inconexas y contradictorias que presentan los diferentes partidos en cada país miembro.

Por el contra, la recomendación queda corta. ¿Qué pasa con los Comisarios? Si el presidente de la Comisión va a ser una consecuencia de los resultados a las elecciones al parlamento Europeo, ¿los comisarios los van a seguir designando los Estados miembros? Entonces, para qué sirve que elijamos los ciudadanos a un presidente de una determinada ideología si su gobierno, -la Comisión-, va a ser ideológicamente un campo silvestre y anacrónico, ya que dependerá del color del partido que gobierna en cada Estado miembro. ¿No sería más sencillo que cada partido europeo presentara su lista de candidatos a la Comisión, presidente y comisarios, con los requisitos de representación territorial que exigen el Tratado? ¿No sería  más uniforme la política que seguirá la Comisión? ¿No sería, así, más fácil pedirle responsabilidades políticas?

Bueno, como dijo Shuman Europa se construirá paso a paso y, este, aunque sea corto, puede ser un buen paso.

sábado, 9 de marzo de 2013

Por una Ley de moción de censura popular

La democracia es un sistema de reglas basadas en el imperio de la Ley. Por sí solo, el sistema debería ofrecer las suficientes garantías para que la democracia corrigiera sus propios errores. Pero, la realidad supera continuamente la ficción.

El sistema permite elegir a un político que deviene incompetente de asumir sus responsabilidades, pero que la regla de la democracia le permite agotar la legislatura, bien porque disponga de una mayoría absoluta o los apoyos necesarios para impedir una moción de censura.

El sistema permite que si el aparato político que sostiene a los dirigentes no se vuelve en contra, éstos se aferren al poder siendo incapaces de ejercer algo tan democrático como renunciar al cargo, dimitir. Dimitir es un verbo imposible conjugar en castellano porque, simplemente, nadie ejerce la acción de renunciar con dignidad.

El sistema permite, por los pactos de no agresión entre los partidos, judicializar procesos políticos in eternum, utilizar a la prensa para aparentar controversia política, justificar lo injustificable ante los ciudadanos y mantenerse en sus cargos como si no pasara nada.

El sistema que han creado los políticos en representación de todos los ciudadanos y ciudadanas les permite protegerse con total impunidad. Anecdóticos son los casos en los que la justicia ha imputado, juzgado y condenado a políticos y, más anecdótico, que se haya hecho con celeridad.

Se habla mucho en estos últimos meses de que es la hora de la ciudadanía, la indignación social se ha manifestado de diferentes formas, tanto en nuestro país como en los de nuestro entorno. La cultura revolucionaria europea esta dormida y, tal vez es bueno que siga aletargada. Demasiada sangre ha corrido en nuestra historia.

El sistema debería canalizar la indignación social de alguna forma. Por ello, cada vez veo más necesaria la adopción de una moción de censura popular. Requerir un número de firmas que represente un porcentaje sustancial del electorado para que con su presentación se vote en un referéndum la continuidad o no de un gobierno. Sin el parapeto de los partidos políticos que se protegen mutuamente en su supervivencia. Sin el engaño que supone su aceptación por la cámara legislativa, como sucede con la iniciativa legislativa popular. Un quiero y no puedo de democracia popular.

Es la hora de los ciudadanos y, si la division de poderes es incapaz de controlar los desmanes y la incompetencia del ejecutivo, del poder político, creemos resortes que permitan controlar los desmanes de nuestros dirigentes directamente desde la ciudadanía. Los diputados, parlamentarios, cargos electos... representan a la voluntad popular, pero cuando dejan de ejercer esa representación por los intereses propios de cada partido político, dejan de cumplir con el mandato constitucional.

Mi voto a quien lleve en su programa la moción de censura popular.



PD. Mi agradecimiento a Edu Sanz @taxilari por la cesión de la fotografía de este post.

miércoles, 6 de marzo de 2013

Blogs, derechos de autor y sociedades corruptas

En los últimos días son varios los post que he leído sobre la protección de los derechos de autor de un blog. No voy incidir en el detalle de las recomendaciones que se daban en dichos post a la hora de reproducir, copiar o linkar un post en otro blog distinto del original. Por contra, si me parece oportuno abrir la reflexión a la deriva que lleva internet sobre el uso de contenidos ajenos.

El copy/paste o copiar y pegar al que internet nos ha acostumbrado a entender con una normalidad indiscutible ha impactado en negocios (cine, música y actualmente en el mundo del libro) haciendo desaparecer o trastocando drásticamente los modelos comerciales tradicionales. Ha impactado en el modelo educacional, ningún profesor que se precie mandaría ya hacer trabajos a sus alumnos, salvo que supongan un ejercicio de creatividad y de debate, junto con aportaciones personales. Los alumnos, y lo digo por propia experiencia, no tienen ni la picardía de formatear los documentos copiados entregando al profesor auténticos copy/paste en bruto, incluso, a sabiendas que más de un compañero entregará un documento igual que el suyo. Grave es que esto pase a nivel de enseñanzas medias, pero cuando lo ves en el mundo universitario donde la cita de algo que no es propio es sagrado, ya se percibe la cutrez en la que se cría nuestra sociedad. Evidentemente, el reflejo social que pueden ver nuestros jóvenes en la prensa actual no es una manifestación más del poco valor que se la da al trabajo y a la propiedad que genera dicho trabajo.

Y en este contexto, miles de blogueros disfrutamos compartiendo contenidos, opiniones, estudios con nuestros lectores. Lo que pedimos a aquellos que nos leen es que pulsen al 'me gusta' de Facebook, de twitter, de linkedin, de google+ o de cualquier otra red social. Que si reproducen nuestros contenidos en otro blog, tengan la deferencia de incluir el link al nuestro, pero activado, para que Google posicione nuestro blog mejor, que no hagan copias literales del mismo y si lo hacen lo hagan un tiempo más tarde para que Google no penalice nuestro blog como copiador de otro. Y es que, salvo excepciones, los blogueros no ganamos dinero con nuestro blog, sino una reputación que, también, va unida a la propiedad intelectual, a los derechos de autor.

Esta sensibilidad que se manifiesta desde diferentes blogueros es, precisamente, la que me parece loable y resaltable. Internet requiere de una conducta de respeto a la propiedad ajena. No seré yo quien tire la primera piedra, que como muchos otros internautas he de reconocer, también, que he pecado de una u otra forma en la apropiación de contenidos ajenos.

Va a ser difícil, por no decir imposible, recuperar los valores en una sociedad donde la corrupción corre en cualquiera de sus estructuras. Pero, cada uno, en su parcela, puede contribuir con su granito de arena. Empezando por uno mismo, por su familia, por sus amigos. Cuando una sociedad asume que el que incumple las normas es un héroe necesita una regeneración, una revolución, su destrucción... Cambiemos las cosas, en nuestro entorno, respetemos y crearemos riqueza y no delincuentes.